San Juan, 28 abr (INS).- La administración de la Universidad de Puerto Rico (UPR) acudió en la tarde de hoy ante el Tribunal Supremo con una moción en auxilio de jurisdicción, luego de que el juez José Negrón Fernández, del Tribunal Superior, determinara que el receso académico y administrativo decretado por la rectora interina Ana Guadalupe es ilegal.
La moción, firmada por los abogados Oreste Ramos, Maritere Colón y Anthony Guadalupe, del bufete Pierantoni Méndez y Álvarez, establece que la determinación judicial es errada por que “la Rectora no ha incumplido con al Reglamento de la Universidad, ya que este no requiere que ésta a priori indique la cantidad de tiempo durante el cual estará vigente el receso”.
“Nótese que se suscitado varios actos de sabotaje y vandalismo, y más importante aún, cerca de una veintena de guardias universitarios sufrieron agresiones serias al tratar de impedir que los estudiantes tomara el control de los accesos del recinto”, añade la moción.
“Si la universidad se viera forzada a cumplir con la orden reseñada, sin más, quedaría al entero arbitrio de los estudiantes desistir de controlar los accesos al recinto y devolverle el control a éste de sus instalaciones a la universidad, que es su legítima dueña”, señala.
Negrón Fernández ordenó al presidente de la UPR, José Ramón de la Torre, y a la Rectora interina, que abran los portones del Recinto de Río Piedras en o antes del 3 de mayo a las 6:00 de la mañana.
En la decisión, que está basada en un recurso que presentaron Jorge Farinacci Fernós y Fernando Moreno Orama, estudiantes de tercer año de la Facultad de Derecho de la UPR, el juez Negrón Fernández insta a de la Torre y a Guadalupe a que desistan del receso académico y administrativo decretado el pasado 21 de abril por la rectora interina.
"En atención a que somos conscientes que la apertura del Recinto requiere coordinación preparativos, se ordena a los demandados abrir el Recinto en o antes del 3 de mayo de 2010 a las 6:00 de la mañana", dice la orden del juez, que además impuso a los demandantes una fianza de cien dólares a cada uno.
"Ante una actuación de los demandados (UPR) que restringe el derecho a la libertad de expresión y de asociación, lo menos que se le puede exigir a las autoridades universitarias es cumplir con su propio reglamento. No lo hicieron", indicó Negrón Fernández.
Asimismo, Negrón Fernández señaló una conferencia sobre el estado de los procedimientos para el 3 de mayo a las 10:30 de la mañana, sobre la vista de injuction permanente.
Extraído de INS (Inter News Service)
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